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![]() ![]() La Suprema Corte aprueba el embargo del salario de trabajadores endeudados* La nota del día, Justicia, Noticias Por Diego Legrand / emeequis México, DF, 31 de marzo.- Si usted es deudor bancario o tiene acreedores privados, ya tiene algo más de qué preocuparse: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el pasado miércoles 26 de marzo que de ahora en adelante una parte de su salario podrá ser embargado para cubrir sus adeudos pendientes. A raíz de esta resolución, tanto las empresas privadas como las personas físicas podrán solicitar a un juez que retenga directamente del salario del trabajador el dinero que les es adeudado, siempre y cuando se resuelva el litigio a su favor. El fallo de los ministros de la Suprema Corte determina que sólo se podrá embargar 30 por ciento de su paga, una vez descontado de su sueldo el salario mínimo. Por ejemplo, en caso de que una persona gane 10 mil pesos al mes, se le podrán retener hasta 2 mil 395 pesos directamente de su salario cuando se le requiera judicialmente el pago de una deuda. A pesar de que históricamente el salario de los trabajadores era intocable, los ministros de la Corte fallaron en su mayoría en favor de la propuesta del ministro Fernando Franco, con el único voto en contra de Sergio Valls Hernández. La decisión tiene valor de jurisprudencia y debe ser aplicada de forma inmediata en todos los tribunales del país, incluso en el caso de litigios en trámite, aunque no es retroactiva, explica en entrevista con emeequis Israel Trujillo, funcionario de la Suprema Corte. De esta forma, los ministros acabaron con el criterio legislativo en vigor desde 1938 y el artículo 112 del Ley Federal del Trabajo que decretaban la inembargabilidad de la totalidad de los salarios en México, tomando como referencia el apartado A del artículo 123 de la Constitución, para dictaminar que únicamente el salario mínimo sería intocable a partir de ahora. En el caso de las pensiones alimenticias, los ministros sentenciaron que desde ahora se podrá solicitar embargar la totalidad del excedente del salario mínimo de un trabajador para cubrir el monto establecido por un juez. La medida también afectará a los particulares que sostengan, por ejemplo, una disputa en cuanto al pago del arrendamiento de un bien inmueble con otro particular. La decisión de la Suprema Corte se suma a las disposiciones de la reforma financiera promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto a principios del año, la cual, entre otras cosas, otorgó mayor poder a los bancos para la recuperación de sus créditos a través de medidas como la retención de bienes y la radicación de personas. El fallo de los ministros amplía el poder de coacción de los bancos con sus pequeños deudores, lo que ha provocado la crítica de especialistas. En momentos en que la estimación del crecimiento económico ha sido ajustada a la baja por la Secretaría de Hacienda, el columnista de La Jornada, Enrique Galván Ochoa, ha preguntado: “¿De veras quieren promover el crédito con cárcel?”. |
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